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Medidas contra la discriminacion

Son las medidas que quieren prevenir y corregir que una persona con discapacidad sea tratada de forma menos favorable que otra persona que no tenga una discapacidad, en una  situación igual o comparable.

Tipos de medidas:

  • Exigencias de accesibilidad.
  • Realización de ajustes razonables

Medidas de acción positiva

Son las medidas concretas que se toman para prevenir o compensar las desventajas o situaciones de dificultad que encuentran las personas con discapacidad en su participación en la sociedad.

Medidas de fomento

Son medidas para eliminar las normas y las prácticas contrarias a la igualdad de oportunidades y para evitar cualquier forma de discriminación por causa de discapacidad.

Tipos de medidas:

  • Medidas de sensibilización y formación.
  • Medidas para fomentar la calidad.
  • Medidas de innovación y desarrollo de normas técnicas.
  • Medidas para la participación de las organizaciones representativas de las personas con discapacidad y sus familias.
  • Medidas para el establecimiento de planes y programas de accesibilidad y para la no discriminación

Medidas de defensa

Son medidas para crear instrumentos y mecanismos que ayuden a las personas con discapacidad en la defensa su derecho a la igualdad de oportunidades.

Tipos de medidas:

  • El Arbitraje: sistema para atender y resolver las quejas o reclamaciones de las personas con discapacidad en materia de igualdad de oportunidades y no discriminación. Este sistema es voluntario.
  • La Tutela judicial (la adopción de todas las medidas que sean necesarias para poner fin a la discriminación y prevenir próximas discriminaciones)y la protección contra represalias (medidas para proteger a la persona con discapacidad contra cualquier trato o consecuencia negativa que se produzca como reacción por una reclamación de la persona con discapacidad).
  • La capacidad que da la ley a los sindicatos, organizaciones…etc. para la defensa de derechos de las personas con discapacidad.
  • Criterios especiales sobre la prueba de hechos: el juez puede pedir que sea la persona acusada de discriminar, la que pruebe que no ha discriminado a la persona con discapacidad.

¿Qué son los ajustes razonables?

Son los cambios necesarios para que, una determinada persona con discapacidad en una situación concreta, pueda participar con las mismas oportunidades que los demás.